Establecer que la Política de Gestión de Incidentes de la Seguridad de la Información deberá ser revisada cuando ocurran cambios significativos (técnicos, normativo, negocio) o al menos cada tres años para evaluar su implantación y modificada cuando así se requiera, a efectos de eficaz cumplimien
Digesto
R.418.19
Establecer la siguiente Política de Seguridad Física y del Ambiente de las áreas físicas donde el Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente procese información o manipule equipamiento informático, con el objetivo de evitar accesos físicos no autorizados, daños e interferencias a las ins
R.365
Los funcionarios de la Intendencia no podrán acumular pasividades ni cargos remunerados en otros organismos públicos, salvo en los casos autorizados por las leyes vigentes.
R.364
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o requisitos que se establecen en este Capítulo será considerado falta grave que dará mérito, sin perjuicio de las sanciones administrativas o penales que correspondan en su caso, a la cancelación temporaria o definitiva de la inscripción
R.354
Planteado el caso de agudización de las condiciones de insalubridad de determinada tarea, que justifique el cambio de categoría, se hará el mismo, previo informe médico.
R.311
Cuando los médicos lo consideren conveniente, indicarán los exámenes complementarios o análisis que deben hacerse.
R.297
En caso de renuncia y causal jubilatoria, deberá hacerse efectivo el usufructo de la licencia a que tenga derecho el funcionario con anterioridad a la fecha del cese efectivo.
R.293
Los funcionarios que durante el año hayan tenido sesenta días o más de licencia por enfermedad, excluídas las correspondientes a accidentes de trabajo, sólo podrán hacer uso de la licencia anual durante el año civil siguiente en forma proporcional al período efectivamente trabajado.
R.281
Funcionarios con tareas de vigilancia en las viviendas económicas de la Intendencia. El personal que realiza tareas de vigilancia en los grupos de viviendas económicas de la Intendencia, a cargo del Servicio de Ingresos Inmobiliarios, a quien se le impone el sistema de franc
R.273.1
Al confeccionarse al plan anual de licencias, los Directores deberán necesariamente prever que el número de funcionarios con licencia anual simultánea, no exceda de la tercera parte del personal de la dependencia. En lo posible se aplicará el mismo porcentaje en cada Sector de trabajo.
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