Transferencias, cauciones y rescate. Las Cautelas podrán ser transferidas por sus tenedores, con autorización expresa de la Intendencia, con informe favorable del Organo ejecutor.
Digesto
D.223.75
Expropiación. La expropiación por razones de urbanismo, esto es, para la urbanización de las áreas ubicadas dentro de las zonas urbanas y suburbanas, se aplicará, de conformidad con las disposiciones nacionales vigentes, para el cumplimiento de las siguientes finalidades:
D.223.68
Unidad de Actuación: Sistema de Cooperación. Podrán desarrollarse las Unidades de Actuación por el Sistema de Cooperación, en el cual los propietarios de la Unidad de Actuación, aportan el suelo de cesión obligatoria, y la Intendencia ejecuta las obras de urbanización.
D.223.71
Sistema de Cautelas Urbanísticas: derechos y obligaciones de tenedores. Los tenedores de las obligaciones denominadas Cautelas Urbanísticas de Montevideo adquieren a tal título los derechos siguientes:
D.223.69
Sistema de Cautelas Urbanísticas: definición. La Intendencia, de oficio o a iniciativa de parte interesada podrá, a fin de promover el desarrollo territorial, ejecutar operaciones urbanísticas de acuerdo al presente Plan y sus instrumentos de ordenación y planeamiento, empl
D.223.65
Unidad de Actuación: delimitación. Las Unidades de Actuación se podrán delimitar por los Planes Especiales de Ordenación y los Planes Zonales, o bien, de oficio, siguiendo el trámite de las Modificaciones Cualificadas, y en base a los siguientes criterios:
D.223.62
Instrumentos de gestión y ejecución. El desarrollo de los contenidos expresados en el Plan y especificados en los distintos instrumentos de ordenación será ejecutado mediante los instrumentos de gestión y ejecución que se detallan a continuación, y que podrán constituir sistemas
D.223.64
Unidad de Actuación.
D.223.58
Las determinaciones de los Proyectos de Detalle contendrán la siguiente documentación:
A) Memoria justificativa de su conveniencia y de la procedencia de las soluciones adoptadas.
D.223.57
Proyecto de Detalle. Son las figuras de planeamiento mediante las que es posible completar y definir alineaciones, nivelaciones, afectaciones, edificabilidad, alturas, usos, ordenación de volúmenes, en desarrollo del presente Plan, así como de Planes Especiales de Ordenación y de
