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Digesto

D.223.197

Bulevar General Artigas. Para el tramo de Bulevar General Artigas fuera del Régimen Patrimonial, respecto a alturas, retiros y FOS rige lo establecido en los planos correspondientes.

D.223.34

Delimitación. Sus límites comprenden a todo el suelo no zonificado como Urbano o Suburbano.

D.223.29

Áreas diferenciadas en suelo categoría suburbana. Para la ordenación del suelo categoría suburbana, se establecen las áreas diferenciadas que se expresan a continuación, relacionadas con sus respectivas Subcategorías de suelo a la que pertenecen, cuya ubicación y delimitac

D.223.290.19

Bañados de Santa Lucía. Rige Régimen Patrimonial.

D.223.192

Avda. del Libertador Brigadier General Lavalleja. Para los siguientes tramos incluidos en el ámbito del “Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad'' rige lo establecido en el Título I, Apartado III del Libro III del Volumen IV:

D.223.272

En espacios porticados no se permitirá en ningún caso la instalación de marquesinas.

D.223.290.10

Rincón del Cerro - Punta Espinillo. En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.

D.223.36.1

Forman parte de las distintas áreas diferenciadas en Suelo Rural, los predios señalados en planos cuya delimitación es la siguiente:

RURAL NATURAL

D.223.235

Áreas de Régimen Patrimonial.  Las Áreas de Régimen Patrimonial en Suelo Urbano se rigen por los correspondientes Planes Especiales de Ordenación, Protección y Mejora o Instrumentos de Ordenamiento Territorial que se elaborarán por el Departamento de Planificación, con los a

D.223.372

Se realiza la siguiente clasificación con el objetivo de definir, agrupar, ordenar y regular los distintos usos y actividades según sus características propias y del suelo donde se implanten.
a) Por su definición en la ordenación.
b) Actividades según su naturaleza.

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