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Digesto

R.1513.14

Cuando las localidades sean numeradas, las autoridades mencionadas en el artículo D.2800, podrán retirar de boletería la entrada y ubicación, a su elección, entre las que se encuentren a la venta.

R.1513.13

El Servicio de Ingresos Comerciales no procederá a efectuar el troquelamiento a que se refiere el artículo D.2797, sin la constancia expedida por el Servicio Central de Inspección General del máximo de entradas a expender.

R.1513.12

Entiéndase por fecha patria a los efectos previstos por el artículo D.2791, las del 19 de Abril, 18 de Mayo, 19 de Junio, 18 de Julio, 25 de Agosto, 23 de Setiembre (Ley Nacional) y 12 de Octubre.

R.1513.11

La prórroga en el comienzo de un espectáculo a que hace referencia el artículo D.

R.1513.10

A los efectos de lo dispuesto por el artículo D.2787, y en lo que tiene que ver con los espectáculos cinematográficos, se entiende por última parte la que corresponde a los cortos y película, con prescindencia de la publicidad en

R.1513

Están comprendidos dentro del concepto de acto al que refiere el artículo D.2768, los que se realicen en todo local abierto o cerrado, parque de diversiones o espacios públicos o privados, que se utilicen para congregar público

D.2886

Dentro de las setenta y dos horas hábiles de recibido el expediente en la forma indicada por el artículo anterior, la Comisión Especial decidirá si se ha consumado o no la infracción a la prohibición establecida en el artículo D.2881

D.2885

Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado el procedimiento, el Servicio de Inspección General elevará a la Comisión Especial, acompañados por un ejemplar del acta a que se refiere el artículo D.2884, el material obje

D.2884

Toda vez que el Servicio de Inspección General verifique hechos que puedan configurar infracción a la prohibición establecida en el artículo D.2881, procederá a la incautación provisional del material obsceno o pornográfico, le

D.2883

Créase una Comisión Especial, integrada con un representante de cada uno de los siguientes Sectores:
Departamento de Recursos Humanos y Materiales, Departamento de Cultura y División Jurídica, con los cometidos que más adelante se especifican.

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