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Digesto

D.179

Partiendo de las estructuras y sistemas territoriales definidos en el artículo anterior, se establecen los siguientes lineamientos para las acciones en el territorio departamental:
1- Lineamientos para el ámbito rural

D.178

Se establecen como elementos determinantes para las presentes Directrices Departamentales, las siguientes estructuras y sistemas territoriales:
1- Sistema de asentamientos humanos

D.177

Definir como objetivos del ordenamiento territorial departamental los que se expresan a continuación:

D.176

Las Directrices Departamentales se estructuran sobre las siguientes orientaciones básicas:
1- Sustentabilidad ambiental.

D.175

A los efectos de las presentes Directrices Departamentales, el ordenamiento territorial del Departamento de Montevideo es el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad mantener y mejorar la calidad de vida de la población del departamento, la integración social en el t

D.171

Las presentes disposiciones generales serán incorporadas al proceso de Revisión del Plan de Ordenamiento Territorial 1998-2005 (Plan Montevideo), de modo de asegurar la debida correspondencia entre los diferentes instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible.

D.170

Propuestas de desarrollo regional y fortalecimiento institucional.

Se establece que se promoverá:

D.169

Planificación de servicios e infraestructuras territoriales.

D.174

Declaración de Interés Departamental: Se declaran de Interés Departamental, las actividades de ordenamiento y planificación del territorio del Departamento de Montevideo; así como la protección del ambiente y del patrimonio natural y cultural.

D.173

El orden jurídico departamental de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible se orientará a la adaptación de sus figuras de planificación territorial y elaboración de las nuevas que correspondan, de conformidad con el menú de instrumentos previstos en el artículo 8º literales b, c y d

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