Los/las directores/as o los/las funcionarios/as que desempeñen cargos del escalafón de conducción de las distintas dependencias podrán designar a uno o más funcionarios/as que se encarguen del registro de solicitudes referidas a la gestión del personal.
Digesto
R.218.1
La vigilancia y cumplimiento en las distintas dependencias de las disposiciones referidas a la gestión del personal, serán responsabilidad de los/las funcionarios/as que se desempeñen en el escalafón de conducción como titulares, interinos o en asignación de funciones, respetándose la correspondi
D.3146.12
Procedimiento sancionatorio: La autoridad departamental procederá a colocar en el frente e interior del establecimiento un cartel que indique claramente el carácter de infractor del local, por un plazo de treinta días a partir de la fecha de constatada la infracción.
D.3146.11
Responsabilidades y sanciones: Será responsabilidad de los empresarios, productores, organizadores y propietarios del establecimiento donde se realicen espectáculos públicos garantizar la infraestructura necesaria para el acceso de personas con discapacidad temporal o permanente
D.3146.10
Registro de establecimientos habilitados: La Intendencia de Montevideo confeccionará y mantendrá actualizado un Registro de Establecimientos destinados a Espectáculos Públicos que cumplan con las disposiciones del presente decreto y su reglamentación, otorgando la habilitación co
D.3146.9
Incorporación de nuevas tecnologías: Se propiciará la implementación e incorporación de nuevas tecnologías que faciliten la accesibilidad de todas las personas a los espectáculos públicos.
D.3146.8
Asesoramiento para adecuación de locales destinados a espectáculos públicos: Los propietarios del establecimiento, productores u organizadores de espectáculos públicos podrán solicitar a la Intendencia de Montevideo asesoramiento gratuito para lo cual se designará un equipo de ar
D.3146.7
Animales de Asistencia: Se permitirá el ingreso de público con animales de asistencia y permanencia de los mismos durante el espectáculo de acuerdo a lo dispuesto por las Leyes Nos.
D.3146.6
Accesibilidad de artistas con discapacidades: Los escenarios deben contar con las instalaciones y todas las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad de artistas con discapacidades, tal como establezca la reglamentación.
