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Digesto

A.614

Quórum

A.613

De Las Comisiones Temáticas, Permanentes o Especiales.
Designación:

Sus miembros serán designados en la forma prevista en el artículo 7 literal e) de este Reglamento(*). Su cometido estará circunscrito al tratamiento de los temas específicos.

A.612

De los Vocales. Funciones
Asistir a las sesiones de la Mesa Ejecutiva con voz y voto.

A.664

Los municipios y la estructura central de la intendencia deberán coordinar las actuaciones y brindarse apoyo y cooperación, de manera de cumplir con el plan quinquenal y los planes anuales establecidos para todo el Departamento.
 

A.663

Serán competencias de la UTAP :
a) Gestionar el mantenimiento del alumbrado público del Anexo A de escala departamental.-
b) Proporcionar apoyo técnico a los Municipios en técnicas de mantenimiento.-

A.554

Tiene por objeto avanzar en la descentralización política y administrativa en el Departamento de Montevideo, con la finalidad de profundizar la participación democrática de la ciudadanía en la gestión de gobierno.

A.553

 

A.662

Serán competencias de los Municipios:
a) Planificar y realizar el mantenimiento del alumbrado público del Municipio, según procedimientos y protocolos generales de actuación, con los recursos materiales, humanos y presupuesto que le sean asignados;

A.552

1. Es correcta la designación como titular ante la renuncia de un Concejal, de la primer suplente proclamada por esta Junta Electoral.
2. No es incompatible la función pública con el cargo de Concejal. Si es incompatible con el cargo de Alcalde.

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