Digesto
D.223.272.10.1
Régimen especial para el padrón Nº 185.854 (ex Gasómetro). El predio sólo podrá destinarse a programas de Viviendas de Interés Social.
D.108.1
Facúltase a la Intendencia a ampliar hasta la cantidad de 100 (cien) nuevos cupos, el número de funcionarios profesionales universitarios del Escalafón Profesional y Científico a los que se les puede conceder extensión horaria hasta 8 (ocho) horas diarias de labor de acuerdo con lo dispuesto por
D.223.213.4
Régimen especial para los predios resultantes del reparcelamiento de los padrones nos. 57.268, 143.845 y 57.278.
R.423.1.14
Encomiéndase al Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional las tareas educativas tendientes a la erradicación del tabaquismo en los funcionarios de la Intendencia.
R.423.1.13
La imposición de las sanciones preceptuadas en el artículo precedente deberá hacerse en todos los casos con la debida fundamentación.
R.423.1.12
Los Directores Generales de Departamento, Directores de División, Contador General, Directores de Servicios, Alcaldes y todos los funcionarios comprendidos en el Escalafón de Conducción con personal a cargo, cuando comprueben por primera vez el consumo de tabaco por parte de algún funcionario en
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