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Digesto

R.1630.7

Los datos y documentación presentados por el interesado, una vez validados, se tendrán por vigentes hasta tanto comunique su modificación a la Intendencia de Montevideo, o ésta constatare, actuando de oficio o a instancia de terceros, que ha operado alguna alteración respecto de la información op

R.1630.6

Procedimiento. El interesado presentará la solicitud de habilitación o registro a través de la vía que señale la Intendencia de Montevideo, ajustándose a las formalidades y requisitos que se establezcan a tales efectos.

R.1630.5

Requisitos. Son requisitos para iniciar el trámite:

a) constancia de que se encuentra en trámite la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;

b) trámite de implantación urbana autorizado, en los casos en que corresponda;

R.1630.4

Legitimación. Para solicitar la habilitación o el registro de establecimientos comerciales o industriales y sus trámites conexos, están legitimados:

a) el propietario;

b) el usufructuario;

R.1630.3

Criterios rectores. Los trámites tendientes a obtener la habilitación o registro de establecimientos industriales o comerciales, tendrán los siguientes criterios rectores:

R.1630.2

Para obtener las habilitaciones y registros de establecimientos comerciales e industriales, los interesados están sujetos al cumplimiento de las exigencias previstas en la presente reglamentación, en las demás normas vigentes y en los manuales de especificaciones de recaudos de cada Servicio.

R.1630.1

Ámbito de aplicación. El presente reglamento establece el procedimiento y los requisitos que serán exigidos para la habilitación o registro de locales comerciales o industriales.

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