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Digesto

D.1754.18

Para el cacao solubilizado dulce y el cacao en polvo azucarado se debe declarar en el rótulo los porcentajes de cacao y azúcar en caracteres claramente legibles.

D.1754.17

La manteca de cacao debe presentar las siguientes características:

D.1754.13

Los productos que se detallan deben presentar las siguientes características:

D.1754.12

Alimento en polvo con cacao, o polvo cacao o sabor cacao. Es la mezcla homogénea de azúcar y cacao en polvo, con un contenido mínimo de cacao del 15%.

D.1754.11

Cocoa. Es el producto de la molienda de la torta de cacao adicionada de azúcar en una proporción máxima de 68% m/m y que contiene una proporción mínima de cacao en polvo de 32% (m/m).

D.1754.10

Cacao solubilizado dulce o edulcorado o azucarado. Es la mezcla homogénea de cacao solubilizado y azúcar con un contenido mínimo de cacao del 25% (m/m).

D.1754

Cacao en grano o granos de cacao. Es la semilla del Theobroma cacao L. fermentada y desecada, prácticamente libre de insectos y de materia extraña.

D.1753.16

El contenido de frutas y gel virgen de Aloe Vera en el Néctar de Aloe Vera y frutas no deberá ser inferior al 85% en peso.

 

D.1753.15

El contenido del gel virgen de Aloe Vera en el gel de Aloe Vera estabilizado no deberá ser inferior al 95% en peso.

D.1753.14

Durante el proceso mecánico de obtención del gel virgen de Aloe Vera, la presión debe ser regulada para evitar que se mezcle la aloína presente en las capas más externas de la hoja con el gel contenido en la parte interna.

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