Condiciones generales de las guardias.- El cumplimiento efectivo de tareas dentro del periodo de guardia deberá realizarse de forma tal que permita superar la emergencia, minimizar riesgos y costos y permita al Centro de Fotografía continuar con la operativa y poder adoptar resolución sobre el pr
Tobefu
A.211.59
Evaluación y supervisión general del sistema.- El sistema de guardias del Centro de Fotografía de Montevideo será gestionado y supervisado por la Dirección del mismo.
A.211.58
Los/as funcionarios/as que cubran esta modalidad y hayan cumplido con todos los procedimientos percibirán por todo concepto por persona y por guardia mensual, una remuneración de 5 UR (cinco Unidades Reajustables) al valor mes en que se realiza.
A.211.57
Cuando los funcionarios/as que se encuentran de guardia sean llamados a cumplir tareas por este régimen o deban realizar tareas en las situaciones de emergencia o urgencia, fundamento del régimen de guardias, deberán elaborar un informe detallado de lo sucedido y de sus actuaciones que deberá ser
A.211.56
La atención en la modalidad de guardia es presencial por lo que los/as funcionarios/as deberán concurrir al lugar del hecho y quedarse hasta finalizar las tareas y resolver la situación.
A.211.55
La inscripción al sistema será voluntaria entre los funcionarios/as que revistan en el Centro de Fotografía y posean idoneidad para resolución de problemas relacionados con alguna o varias de las áreas indicadas en el artículo precedente.
A.211.54
El régimen de guardias tiene por objetivo cubrir situaciones de emergencia y urgencia referentes al mantenimiento edilicio, a la protección de los acervos custodiados por el Centro de Fotografía y a la atención inmediata a los sistemas de alarmas de seguridad, con el fin de asegurar la continuida
A.211.53
El régimen de guardias funcionará fuera de los horarios habituales de trabajo para completar la cobertura de las 24 (veinticuatro) horas del día, todos los días del año.
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