Back to top
Tobefu
A.414
Los funcionarios presupuestados y/o contratados a cualquier título, no podrán tener ingresos superiores al 90% del sueldo base de la/el Intendenta/e.
A.80.6
Cargos en suspenso.
A.403.3
Este incentivo no será materia gravada por tributos de la seguridad social y estará gravado por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.
