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A.211 bis

A partir del 1º de julio de 2012, la liquidación de los viáticos que realicen los funcionarios de Inspección General Descentralizada se realizará a través de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, aplicando idénticos criterios que el Servicio Central de Inspección Gene

A.414.2

Ampliar lo dispuesto por el Art. 3º de la reglamentación dispuesta en la Resolución Nº 5630/11 de fecha 7 de diciembre de 2011(*), del Art.

A.414.1

Aprobar la reglamentación del Articulo 52 del Decreto Departamental No. 38.156 de 28 de octubre de 2022, promulgado por Resolución Nº 5558/22 de fecha 29 de diciembre de 2022, que dio nueva redacción al artículo 57 del Decreto 33.753 de 6 de mayo de 2011:

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