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A.229.1

Los funcionarios que reclamen el Beneficio de Seguro de Salud dispondrán de un plazo de 90 (noventa) días a partir de la toma de posesión de sus cargos o de producida la causal que invoquen, para acogerse a dicho Beneficio, quedando comprendidas las solicitudes de licencias extraordinarias sin go

A.211.10

Se excluye el cobro del viático a los funcionarios que durante los doce meses inmediatos anteriores al 1 de febrero de 2009 hubieren sido sancionados por haber incurrido en falta grave.

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