Modificar el artículo 2º de la Resolución Nº 5180/01, de 28 de diciembre de 2001, por el que se establece el Manual de Procedimiento relativo a la implementación del tributo de Edificación Inapropiada en relación con el estado de conservación de las veredas frentistas a los inmu
Totid
A.511.14
Vigencia: Se establece la vigencia de la presente reglamentación a partir del 1º de enero de 2002.
A.511.11
Fincas construidas en régimen de propiedad horizontal: Cuando se trate de Edificios construidos en régimen de propiedad horizontal y corresponda la aplicación del Impuesto que se reglamenta, el mismo se aplicará sobre cada una de las unidades que la integran.
A.509
El aumento adicional del diez por ciento (10%) establecido respecto del tributo Contribución Inmobiliaria por el artículo 88(*) del Decreto Departamental Nº 20.524 con destino a la finalización del "Proyect
A.508
(Proyecto de Saneamiento de la ciudad de Montevideo).
A.507.1
(Adicional a la Contribución Inmobiliaria para el Fondo Permanente para Obras de Pavimento y Saneamiento). Declárase que el "Adicional a la Contribución Inmobiliaria para el Fondo Permanente para Obras de Pavimento y Saneamiento" creado por el numeral 37 del
A.507
(Fondo permanente para obras de pavimentación y saneamiento). “…c) Con un adicional al Impuesto de Contribución Inmobiliaria, que se crea, cuya cuantía será del 10% (diez por ciento) del importe de la que se abone o correspondiere abonar por el respectivo inmue
