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Digesto

D.223.49

Los Programas de Actuación Urbanística contendrán las siguientes determinaciones:

A) Desarrollo de las estructuras y sistemas incluídos en el modelo territorial.

B) Señalamiento de usos, niveles de intensidad y aprovechamiento en todo su ámbito.

D.223.44

Protección de la vegetación.

D.223.42

Protección de aguas subterráneas. Se prohibe verter, inyectar o infiltrar a las aguas subterráneas, compuestos químicos, orgánicos o fecales, que por su toxicidad, concentración o cantidad, degraden o contaminen las condiciones de estas aguas.

D.223.22.1

A) Queda expresamente prohibido el uso del suelo departamental para fines y actividades distintas de las previstas en la zonificación del Plan.

D.223.36

Áreas diferenciadas en suelo categoría rural. Para la ordenación del suelo categoría rural, se establecen las áreas diferenciadas que se expresan a continuación relacionadas con sus respectivas Subcategorías de suelo a la que pertenecen, cuya ubicación y d

D.223.30

Usos del suelo. Para cada uno de los ámbitos sectorizados del suelo suburbano o potencialmente urbanizable se expresan en el plan, las siguientes determinaciones de uso del suelo:

D.223.27

Áreas diferenciadas en suelo categoría urbana - Para la ordenación del suelo categoría urbana, se establecen las áreas diferenciadas que se expresan a continuación, relacionadas con sus respectivas Subcategorías de suelo a la que pertenecen, cuya ubicación y delimitación s

D.223.24

Definición. El suelo urbano es aquel que se destina en general a la implantación densa de la habitación y de diversas actividades y usos, así como a la dotación de infraestructuras y equipamientos para servir a la edificación que sobre él exista o se haya de construir.

D.223.26

Determinaciones. Para la determinación de la estructura general y desarrollo del suelo urbano, en el presente plan se expresan:

D.223.4

Ámbito y naturaleza. El Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Montevideo es el instrumento mediante el cual se ordena en forma general e integral el territorio y se define el estatuto jurídico-territorial de los bienes inmuebles d

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