Back to top

Digesto

D.2241.14.1

Se denomina cuneta a la zanja construida para el escurrimiento de las aguas pluviales, ubicada entre la línea de propiedad y la calzada. Para cumplir adecuadamente con su cometido, debe estar libre de malezas, residuos y obstrucciones en general.

D.2241.7

En el caso de incumplimiento de la obligación establecida en el artículo D. 2236.5 por parte del permisario, se aplicará una multa de 5 U.R.

D.2241.6

En todos aquellos trabajos que impliquen remociones de veredas excepto los realizados al amparo del artículo D.2216, la reposición de las mismas se deberá realizar en forma continua e ininterrumpida con posterioridad al relleno debi

D.2241.5

La falta de cajón o cajones para recoger los materiales extraídos o acopiados a causa de las obras, será sancionada con 5 U.R. (cinco Unidades Reajustables) por metro cuadrado de obra.

D.2241.4

La falta de señalización de un evento en las aceras, será sancionada con una multa de tres Unidades Reajustables (3 U.R.) por metro cuadrado de la zona ocupada por el evento.

D.2241.3

La falta de señales en las calzadas, será sancionada con 3 U.R. (tres Unidades Reajustables) por metro cuadrado de obra. Si la falta es parcial, 1 U.R. (una Unidad Reajustable) por metro cuadrado de obra por cada elemento de señalización faltante (carteles y/o balizas).

D.2241.2

La falta de barreras que cubran todo el desarrollo de la zanja, corte o hundimiento mientras éstas se encuentren abiertas, será sancionada con 2 U.R. (dos Unidades Reajustables) por metro cuadrado de obra.

D.2241.1

La violación de la prohibición de estacionar dentro de los tres metros a cada lado del lugar donde se efectúa el corte de pavimento, será sancionado con una multa de 2 U.R. (dos Unidades Reajustables).

D.2241.12.6

En caso de que se repongan losas que sufrieron roturas durante la realización de los trabajos, o de material diferente al preexistente, las mismas deberán ser sustituidas por losas nuevas y adecuadas en un plazo que fijará la Oficina competente y se sancionará con 5 U.R.

D.2241.12.4

La realización de remociones de losas graníticas sin obtener el permiso especial correspondiente y la inspección previa del estado de las losas hará pasible al infractor de una multa de 1 U.R. (una Unidad Reajustable) por pieza removida.

Páginas

Suscribirse a Digesto