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Digesto

A.794

Ceremonia de entrega y plazos.

La aprobación de la distinción implica la realización de la correspondiente Ceremonia de distinción, la que será oportunamente coordinada desde el Servicio de Relaciones Públicas.

D.2248.2

No se requerirá prueba fehaciente del fallecimiento, cuando la propuesta de inclusión en el nomenclátor refiera a personas desaparecidas en forma forzada o involuntaria entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, por razones políticas.

D.2248.1

La Intendencia de Montevideo, se abstendrá de proponer y la Junta Departamental de Montevideo de aprobar, la inclusión de nombres de personas en el nomenclátor del Departamento, durante el término de diez años, contados a partir de la fecha de fallecimiento.

A.793

Iniciativa y evaluación de la Propuesta:

A.792

Contenido y requisitos de la Propuesta para Ciudadanía Ilustre, Visitante Ilustre, Huésped de Honor y Premio Montevideo:

Cada propuesta deberá sin exclusiones:

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