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Digesto

R.424.227.6.1

(Notificaciones) A los efectos del cómputo de los plazos se tomará en cuenta:

a) Cuando la contravención se constate con detención del vehículo, la notificación se hará de forma personal, mediante la entrega de la copia del intervenido respectivo.

R.424.227.5.1

(Potestades de la Comisión). La Comisión en el marco del efectivo y eficaz cumplimiento de sus tareas, podrá:
a) convocar y/o solicitar informe al/a la Inspector/a involucrado en la constatación de la contravención,

R.424.227.4.1

(Creación de Registro de Presentación de Descargos) Créase un Registro de Presentación de Descargos, a efectos de llevar un efectivo control de ellos.

R.1737.9

Vencidos los plazos mencionados y en caso de comprobarse la inexistencia de la Cámara de Toma de Muestras y Medición de Caudales o que no se encuentre en condiciones adecuadas de funcionamiento,conservación y accesibilidad, se aplicarán las sanciones que correspondan.

R.1737.8

Las empresas que no posean dicho sistema deberán construir dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación, una Cámara de Toma de Muestras y Medición de Caudales (CTM y MC), destinada al ejercicio de las funciones de fiscalización que debe rea

R.1737.7

Los titulares de establecimientos industriales y de servicios radicados en el ámbito del Departamento de Montevideo, están obligados a contar con Cámara de Toma de Muestras y Medición de Caudales, la cual deberá encontrarse en perfecto estado de funcionamiento, conservación y accesibilidad, y est

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