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Digesto

D.4082.68

Estacionamientos en régimen de propiedad Horizontal.
- Se aplicará el siguiente régimen:

D.4082.67

Los servicios higiénicos y vestuarios se ajustarán a las condiciones establecidas en las disposiciones para locales de trabajo. El área de vestuario se calculará de acuerdo a la cantidad de funcionarios con que cuenta el estacionamiento.

D.4082.66

En aquellos establecimientos comerciales destinados a prestar el servicio de estacionamiento por hora, por día o por mes, será obligatorio contar con un área de espera para vehículos debidamente señalizada, equivalente 6% de la capacidad total del estacio

D.4075

Los depósitos de leña o madera en locales descubiertos, deberán ajustarse a las prescripciones establecidas en el presente capítulo.

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