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Digesto

D.1986

Para otorgar el permiso a que hace referencia el artículo anterior el Servicio producirá una información en la que se hará referencia sobre la ubicación, capacidad del local, medios de renovación del aire y habitaciones anexas, así como la posibilidad de que puedan las sustancias o producto

D.1984

Todo propietario de finca que tendiendo pozo fijo impermeable tome conexión al colector público, estará obligado a efectuar el agotameinto total del depósito y el terraplenamiento con tierra de buena calidad.

D.1983

Ningún depósito fijo impermeable, después de agotado, podrá ponerse nuevamente en uso sin previa inspección técnica, relativa a las condiciones de impermeabilidad, solidez y demás condiciones estipuladas en este capítulo.

D.1982

En caso de insalubridad notoria motivada por depósitos colmados, y que el propietario de la finca se rehúse a proceder a su agotamiento inmediato en cumplimiento de la intimación perentoria de la oficina, el agotamiento será hecho por el servicio de la Intendencia, y el cobro de su importe

D.1981

El agotamiento de todo depósito fijo o transportable y de toda cámara de tratamiento se hará con un permiso especial otorgado por la oficina correspondiente, previa solicitud escrita y pago por el interesado de los impuestos prescriptos en las disposiciones vigentes.

D.1979

Cuando ingrese al Servicio de Barrido y Recolección de Residuos el cadáver de un animal, el propietario tendrá derecho a reclamar la entrega del cuerpo, dentro de los dos días subsiguientes al ingreso, lo que se realizará toda vez que por la autopsia practicada se compruebe que la causa de

D.1975

Quienes de conformidad con el artículo D.1967 de este Capítulo deben poseer Carné de Saud Básico expedido por el Servicio Médico deberán además:

D.1974

Quienes utilicen los servicios de personas que se desempeñan en las actividades comprendidas en el artículo D. 1967, serán responsables de:

D.1973

Sin perjuicio de los dispuesto por el artículo anterior, el Servicio Médico podrá dejar en suspenso la vigencia de cualquier Carné de Salud Básico cuando luego de obtener indicios de que su titular ha perdido total o parcialmente la aptitud oportunamente declarada en el Carné, lo confirmare

D.1972

La declaración de aptitud que figurará en todo Carné de Salud Básico expedido por el Servicio Médico, deberá ser firmada por el Médico Jefe correspondiente, previa conformidad del Médico y Odontólogo responsables del examen clínico o del contralor patológico e indicará necesariamente algunas de e

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