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Digesto

R.935.8

Cuando en las aceras se realicen obras obstructivas y/o peligrosas, deberán colocarse indicadores cuadrados de 40 cms. de lado con fondo blanco, letras negras, un borde rojo de 3 cms.

R.935.10

En el caso en que no quede espacio suficiente para permitir el seguro desplazamiento de los peatones por la acera, se deberá colocar sobre la calzada carteles indicadores de prohibición de estacionamiento y aviso para los conductores, de peatones circulando por la misma.

R.935.7

Cuando las obras a realizar sean de carácter temporario, o sea por un lapso corto durante el día, por ejemplo: reparación con mezcla asfáltica realizado solamente con un camión que transporta materiales y personal, se deberá instalar una pequeña canalización provisoria del tránsito, con el uso de

R.935.4

Las barreras, las cintas de material plástico y las barras de delimitación, deberán lucir en forma obligatoria y en un tamaño legible a distancia, en letras y logotipos, la identificación de la empresa contratista y de la empresa de servicios públicos.

R.935.3

En casos especiales la División Tránsito y Transporte podrá por un plazo máximo de 72 horas, autorizar previa solicitud por escrito debidamente justificada de la empresa interesada y bajo su responsabilidad, la sustitución de las barreras anteriormente descriptas por el empleo de una de las sigui

R.934

Para el cumplimiento de los dispuesto en el art. D.

R.930.9

Procedimiento de mezclado. El mezclado del material granular con el cemento Portland podrá efectuarse de acuerdo a una de las formas que se indican a continuación:
a) en planta mezcladora central fija.

R.930.8

Material granular. El material granular a utilizar deberá cumplir las siguientes especificaciones:
1) Tamaño máximo del material 19mm.
2) El porcentaje de material pasando el tamiz AASHTO Nº 200 será inferior al 15%.

R.930.6

Subrsante: relleno del corte. La zanja abierta por el corte se deberá rellenar con un material arenoso del tipo llamado "arena sucia" en toda su profundidad hasta el nivel de la subrasante.

R.930.5

Remoción del pavimento. La remoción del pavimento se hará de tal forma que el lado mínimo del corte será de 60 (sesenta) centímetros, debiéndose evitar la formación de ángulos agudos, dándosele las dimensiones necesarias para una buena compactación posterior.

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