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Digesto

D.4333.1

Ensanche de vías públicas.

D.4314.1

Cañerias de desagûes y distribución de agua potable. Las cañerías del sistema de desagüe cuyo emplazamiento sea horizontal y cercano a las tuberías de distribución de agua potable deberán estar separadas por una distancia no menor a un metro.

D.4313.5

Conexiones entre desagûes nuevos y existentes. Los desagües existentes se podrán conectar a los nuevos, siempre que una inspección y prueba de los mismos aseguren una calidad por lo menos igual a la nueva instalación.

D.4313.4

Sistema de líquidos residuales no domésticos.

D.4313.3

Pruebas. El sistema de desagües deberá someterse a las inspecciones y pruebas que establezca la reglamentación.

D.4313.2

Daños en la red.

D.4313.1

Alcance. Lo que se establece en el presente Sección y en su reglamentación, regirá para los materiales, accesorios y aparatos, proyectos, construcción e instalación de los sistemas de desagües de las instalaciones sanitarias internas.

D.4295.3

Instalaciones de agua sin red externa (pública o privada). El suministro de agua subterránea o de captación de agua superficial deberá ser construido, localizado y operado en forma adecuada para evitar cualquier tipo de contaminación posible.

D.4295.2

Equipos de presión.

D.4295.1

Interconexión de tuberías.

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