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Digesto

A.705

El/ la titular de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo rendirá anualmente un informe ante la Junta Departamental.

Dicho informe se hará público y deberá tener la más amplia difusión.

A.704

Son atribuciones de el/la titular de la Defensoría de Vecinas y Vecinos de Montevideo:

A.732

Incorpórase al Código Penal el artículo 224 Bis, el que quedará redactado de la siguiente forma:

A.731

La Administración de las Obras Sanitarias del Estado y la Intendencia de Montevideo deberán presentar, anualmente, a la Dirección Nacional de Aguas, información sobre la cantidad de conexiones a la red de saneamiento, así como los subsidios aplicados.

A.736

Créase el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6° del artículo 297 de la Constitución de la República) empadronados en cualquier de

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