Digesto
D.223.272.10.1
Régimen especial para el padrón Nº 185.854 (ex Gasómetro). El predio sólo podrá destinarse a programas de Viviendas de Interés Social.
D.108.1
Facúltase a la Intendencia a ampliar hasta la cantidad de 100 (cien) nuevos cupos, el número de funcionarios profesionales universitarios del Escalafón Profesional y Científico a los que se les puede conceder extensión horaria hasta 8 (ocho) horas diarias de labor de acuerdo con lo dispuesto por
D.223.213.4
Régimen especial para los predios resultantes del reparcelamiento de los padrones nos. 57.268, 143.845 y 57.278.
R.423.1.14
Encomiéndase al Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional las tareas educativas tendientes a la erradicación del tabaquismo en los funcionarios de la Intendencia.
R.423.1.13
La imposición de las sanciones preceptuadas en el artículo precedente deberá hacerse en todos los casos con la debida fundamentación.
