Digesto
D.224.537.25.25
Las transgresiones al régimen previsto serán sancionadas con el doble de las multas establecidas en el numeral 2° del Artículo 2° del Decreto Nº 21.626 de fecha 16 de abril de 1984 (Regimen Punitivo muni
D.224.504
Créase la Comisión Especial Permanente del Prado con el cometido de promover y coordinar las intervenciones sobre el área delimitada a fin de alcanzar los objetivos definidos en el art.D.494.
D.224.537.9
Demoliciones - No se autorizará la demolición de construcciones que hayan sido calificadas con grado 3 o 4.
D.224.537.8
Destino - El destino de los inmuebles será viviendas, oficinas, comercio, talleres artesanales, actividades culturales o de enseñanza, alojamientos temporarios, asistencia social y a la salud.
D.224.537.12
Se califica como "Area Testimonial" y se denomina Sub-Zona "A" la comprendida en el perímetro delimitado por las siguientes calles: Marcelino Berthelot, entre las calles Ramón del Valle Inclán e Inca; Inca, entre las calles Marcelino Berthelot y Blandengues, Blandengues, entre
