Toda persona tiene en general derecho a viajar en ómnibus para transporte público.
Para ello debe:
a) pagar la correspondiente tarifa al ascender al ómnibus o entregar un boleto de pasaje previamente pago o exhibir su abono o pase.
b) conservar su boleto válido para el viaje, o el pase o abono correspondiente, y presentarlo toda vez que le sea exigido por personal de la empresa o autoridad competente.
c) comportarse con decoro y acatar las disposiciones que le correspondan.
d) cuidar el ómnibus, no ensuciándolo ni dañandolo.
e) viajar adecuadamente ubicado, ya sea sentado o de pie, permitiendo a los demás pasajeros hacer uso de su derecho a viajar en iguales condiciones.
f) respetar los lugares de ascenso y descenso de pasajeros.
g) respetar la labor que cumple el personal al servicio de los ómnibus.
h) hacer adecuadas señas para el ascenso y avisar con antelación para el descenso.