El transporte colectivo de pasajeros será gratuito para las personas no videntes.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Del transporte
Del transporte urbano de pasajeros
De los boletos
Para obtener el beneficio a que se refiere el artículo anterior, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Obtención del certificado médico expedido por el Servicio de la Intendencia que acredite la no videncia.
b) Adquirir el carné que les permitirá viajar gratuitamente en todos los servicios de transporte colectivo de pasajeros.
Fuente | Observaciones |
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El carné a que refiere el apartado b) del artículo anterior, remitirá las siguientes características:
a) Será de color blanco y llevará en su parte principal la siguiente inscripción: INTENDENCIA DE MONTEVIDEO- PASE LIBRE GENERAL - NO VIDENTE-
b) En el interior del carné constará: nombre y apellido del beneficiario, foto del mismo, número de cédula de identidad, número de registro fecha de expedición, firma autorizada y sello.
Fuente | Observaciones | |
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num. 2 |