Además de los ingredientes propios del tipo de conserva de pescado (según el artículo D.1652) se permite el uso de los siguientes: sal, almidones naturales y modificados, especias, hierbas aromáticas, aderezos vegetales, vinagre, vino y aromatizantes naturales y proteínas hidrolizadas (
Digesto
D.1660
Además de las exigencias del artículo anterior las conservas de pescado cumplirán los siguientes requisitos particulares, de acuerdo a la clase de producto a que pertenezcan:
D.1659
Los requisitos generales que deben cumplir las conservas de pescado son los siguientes:
a) el color, olor y sabor deben ser característicos del género, tipo y clase de producto, libre de decoloraciones o ennegrecimientos y de olores o sabores extraños
D.1658
El pescado usado en la elaboración de conservas puede ser fresco o congelado, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en la Sección 1, debe lavarse bien interna y externamente, retirándose la cabeza, cola y escamas según corresponda a la clase y variedad de la conserva.
D.1657
El contenido de pescado de las conservas de pescado debe constituir por lo menos el 50% m/m del contenido neto del envase.
D.1656
Surimi. Es la pulpa de pescado lavada.
D.1655
Producto pesquero ahumado. Es el que después de preparado adecuadamente, según el producto deseado, es sometido a la acción del humo mediante técnicas autorizadas de ahumado frío, ahumado caliente, ahumado líquido o ahumado electrostático.
D.1654
Pescado salado y salado-seco. Es el producto obtenido a partir de distintos cortes de pescado, sometido al proceso de salazón, pudiendo ser secado (en el caso de salado-seco) en forma natural o artificial.
D.1653
Se distinguen las siguientes clases de conservas de pescado, de acuerdo a la forma del contenido:
a) Eviscerado. Es pescado libre de visceras, con excepción de riñones y gónadas.
D.1652
Se distinguen los siguientes tipos de conservas de pescado, de acuerdo a su elaboración:
Páginas
