Es obligatorio adoptar medidas de lucha contra insectos y roedores. Los productos químicos y técnicas aplicadas aI control de insectos y roedores, deberán contar con la aprobación de los organismos competentes.
Digesto
D.1461.2
Los locales y demás implementos de carnicería serán mantenidos en perfecto estado de conservación. Es obligatorio adoptar todas las medidas tendientes a evitar la existencia de malos olores, polvo, hollín o humo.
D.1461.1
Los establecimientos deberán funcionar en perfectas condiciones de higiene. La limpieza de los locales, del equipamiento y las herramientas de trabajo se realizará toda vez que sea necesario y por lo menos una vez al día.
D.1461
Todos los locales y operaciones estarán diseñados y construídos de forma tal que permitan una correcta instalación del comercio.
D.1460.7
Estantes, bandejas, etc. Las bandejas serán de material, atóxico, de fácil higiene y desinfección y no podrán ser, apoyadas en el piso.
D.1460.5
Insectocutores. Cuando se instale un insectocutor para el control de insectos, este se ubicará exclusivamente sobre la zona de público.
D.1460.4
Rieles y gancheras. Los rieles y las gancheras serán de materiales inoxidables o hierro pulido, exentos de toda pintura.
D.1460.3
Residuos. Para los residuos, se dispondrá de un recipiente de metal o material plástico, móvil, con tapa y manija en el cual se inscribirá un letrero que indique:
D.1460.2
Lavado de útiles. Para eI lavado de útiles, bandejas, etc. contará con las facilidades imprescindibles para este fin.
D.1460
Mesas. Las mesas y mostradores tendrán la parte superior de material liso, de color claro, de fácil limpieza, resistente a los ácidos grasos. Podrán tener en uno de sus lados una faja de madera desmontable, sin pintar, con un ancho no mayor de 30 cmt.
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