Back to top

Digesto

D.1461.3

Es obligatorio adoptar medidas de lucha contra insectos y roedores. Los productos químicos y técnicas aplicadas aI control de insectos y roedores, deberán contar con la aprobación de los organismos competentes.

D.1461.2

Los locales y demás implementos de carnicería serán mantenidos en perfecto estado de conservación. Es obligatorio adoptar todas las medidas tendientes a evitar la existencia de malos olores, polvo, hollín o humo.

D.1461.1

Los establecimientos deberán funcionar en perfectas condiciones de higiene. La limpieza de los locales, del equipamiento y las herramientas de trabajo se realizará toda vez que sea necesario y por lo menos una vez al día.

D.1461

Todos los locales y operaciones estarán diseñados y construídos de forma tal que permitan una correcta instalación del comercio.

D.1460.7

Estantes, bandejas, etc. Las bandejas serán de material, atóxico, de fácil higiene y desinfección y no podrán ser,   apoyadas en el piso.

D.1460.5

Insectocutores. Cuando se instale un insectocutor para el control de insectos, este se ubicará exclusivamente sobre la zona de público.

D.1460.4

Rieles y gancheras. Los rieles y las gancheras serán de materiales inoxidables o hierro pulido, exentos de toda pintura.

D.1460.3

Residuos. Para los residuos, se dispondrá de un recipiente de metal o material plástico, móvil, con tapa y manija en el cual se inscribirá un letrero que indique:

D.1460.2

Lavado de útiles. Para eI lavado de útiles, bandejas, etc. contará con las facilidades imprescindibles para este fin.

D.1460

Mesas. Las mesas y mostradores tendrán la parte superior de material liso, de color claro, de fácil limpieza, resistente a los ácidos grasos. Podrán tener en uno de sus lados una faja de madera desmontable, sin pintar, con un ancho no mayor de 30 cmt.

Páginas

Suscribirse a Digesto