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Digesto

D.1745.39

La lactosa puede presentarse en forma anhidra o con una molécula de agua de cristalización, o una mezcla de ambas formas. Debe responder a las exigencias siguientes:
Lactosa (sobre base seca) mín. 99% m/m
Cenizas sulfatadas (sobre base seca) máx. 0.3% m/m

D.1664

La sal a utilizarse en el proceso de salazón responderá a un análisis que arroje como mínimo un 97% de pureza expresada en cloruro de sodio; estará libre de suciedad y humedad excesivas y no contendrá impurezas químicas tales como: sales de magnesio y calcio que sobrepasen el 1%.

D.1607

La hamburguesa no puede tener un contenido de grasa superior al 20%.

D.1598.11

Longaniza. Es el embutido seco elaborado a base de carne de cerdo y vacuno picada gruesa, con el agregado o no de tocino, sal y especias. Se introduce en tripas finas de ternera.

D.1583

Los canales o carcasas destinadas a consumo directo deben haber sido sometidas al «dressing» correspondiente.

D.1562

Los envases y equipamientos de vidrio destinado a entrar en contacto con alimentos podrán ser utilizados sin necesidad de autorización previa.

D.1531

A los efectos de lo dispuesto en este título los materiales metálicos, revestidos o no, que entran en contacto con alimentos y sus materias primas durante su producción, elaboración, transporte, distribución o almacenamiento, se clasifican en:

D.1528

Los envases especialmente autorizados como de reuso deberán desecharse cuando se encuentren rayados, manchados, deformados o con identificación alterada.

D.1500

Los pescados en general así como los demás productos de mar se mantendrán a la temperatura adecuada en sectores de las cámaras de frío o heladeras destinadas exclusivamente a ese uso.

D.1458.1

Abastecimiento de agua. En los locales a que se refiere la presente reglamentación, deberá usarse agua potable proveniente de la red de distribución de O.S.E. Toda otra fuente de abastecimiento de agua deberá contar con la aprobación del INAC o de las Intendencias en su caso.

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