El Servicio de Transporte de la División Tránsito y Transporte llevará un registro de paradas y telefonistas de las mismas.
Dicho registro contenderá:
Para personas físicas:
El Servicio de Transporte de la División Tránsito y Transporte llevará un registro de paradas y telefonistas de las mismas.
Dicho registro contenderá:
Para personas físicas:
Los estacionamientos de automóviles con taxímetro serán de dos tipos:
Se le dará prioridad en la autorización para la explotación del servicio a las personas que se desempeñen actualmente como telefonistas en las paradas autorizadas.
De los permisarios.- Podrán ser permisarios: a) las personas físicas que acrediten tener las condiciones establecidas en el artículo D.834.1; b) las personas jurídicas que constituída
Sanciones: Constituirá falta susceptible de sanción, todo acto u omisión del permisario, intencional o culposo, que viole las normas vigentes en la materia.
Naturaleza Jurídica del permiso.- El permiso para la instalación y funcionamiento del servicio de Paradas de Automóviles con Taxímetro, será otorgado por Resolución del Departamento de Acondicionamiento Urbano, con carácter personal, precario y
Los permisarios de la explotación del servicio de transporte de escolares deberán abonar los derechos correspondientes por concepto de otorgamiento del permiso para la explotación del mismo.
Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo R.
DE LA CONTINUIDAD DE LOS PERMISOS.- La Unidad de Transporte de la División Tránsito y Transporte dará por caducado el permiso al producirse el fallecimiento de su titular.
DE LOS PERMISARIOS.- Para ser aspirante a permisario de la explotación del servicio de transporte de escolares deberá ajustarse a las exigencias reglamentarias para cumplir dicho servicio y reunir las siguientes condiciones:
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