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Digesto

D.714

Detención del vehículo. Comprobada la infracción del artículo D.

D.638

Señales. Para girar, cambiar de senda, desplazarse a derecha o izquierda, disminuir la velocidad, o salir de un estacionamiento, deberán hacerse señales mediante luces indicadoras reglamentarias y siempre que sea necesario, con mano y brazo izqu

D.635

La Intendencia podrá prohibir los giros en U, y a la izquierda, en las calles de doble sentido de circulación que juzgue necesario.

D.865

El propietario quedará obligado a registrar en el Departamento de Tránsito y Transporte, el paraje fijado para la localización habitual del vehículo.

D.864

También llevarán inscripta en los costados del vehículo y en letras que tendrán una altura mínima de doce centímetros, la frase: "Vehículo de alquiler".

D.794.2

CARACTERISTICAS DEL PERMISO. El permiso de Transporte de Turismo de Línea es personal, precario, intransferible y revocable, por razones de interés general, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna.

D.778.1

Los permisos para la explotación del servicio de transporte escolar, por su condición de personales e intransferibles no pueden ser objeto de enajenación o cesión, sin previa autorización expresa de la Administración.

D.853

Cuando los permisos sean asignados a las sociedades nombradas en los artículos D.848 y D.

R.424.201

Causales de denegatoria.

● Quienes sufran cualquier alteración del campo visual, que a juicio del profesional actuante, pudiera significar un riesgo para la conducción segura.

R.549

La citada División, previo pago del precio total de compra, expedirá a los adquirentes de los vehículos subastados, la documentación que regularice su situación como propietarios de los mismos.

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