No podrán los titulares del derecho de sepultura, por sí ni por terceros, dar en arrendamiento sus nichos o sepulcros, ni total ni parcialmente, salvo en aquellos casos en que existan concesiones especiales para tales fines o en los que media autorización expres
Digesto
D.2455
Los usuarios están obligados a reparar, limpiar y mantener los bienes funerarios de manera que se hallen en condiciones adecuadas para el cumplimiento de los fines a que están destinados.
D.2454.1
Para la realización de cualquier trámite ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis se deberá estar al día en el pago de la tasa anual de mantenimiento.
D.2454
Los titulares de las concesiones otorgadas conforme a las disposiciones de este Capítulo, podrán inhumar, exhumar, reducir trasladar y cremar cuerpos y restos provenientes de la cremación de cadáveres.
D.2453.9
Las urnas se ubicarán en el orden riguroso que la Administración disponga, no existiendo lugares preferenciales ni categorías distintas.
D.2453.8
El Servicio Fúnebre y de Necrópolis podrá arrendar a los particulares, en los locales que indique, el uso de nichos o espacios para urnas, por el término de cinco años, el que en todos los casos se computará a partir del día primero de enero del año inmediato si
D.2453.14
El espacio destinado a la colocación de urnas, la ocupación, desocupación y todo lo referente al uso de los urnarios, así como los derechos de cualquier naturaleza que competan al usuario, estarán sometidos a las disposiciones de carácter general que la Adminis
D.2453.13
El Servicio Fúnebre y de Necrópolis, además de los datos que considere necesarios, hará constar en el contrato de arrendamiento, los siguientes extremos:
a) nombre y apellidos completos del usuario;
D.2453.12
Vencido el plazo del arriendo, que en todos los casos se computará en la forma indicada en el artículo D.2453.8, caducará en forma automática el derecho del usuario, sin necesidad de que le sea dirigi
D.2453.10
La Intendencia de Montevideo fijará anualmente el precio del arriendo del derecho de uso de los espacios respectivos.
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