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Digesto

D.223.218

Pocitos. (*) Respecto a alturas, retiros y FOS rige en general lo establecido en los planos correspondientes, excepto para las situaciones especialmente previstas a continuación:

D.223.309

Clasificación tipológica de usos y actividades del suelo.

D.223.227.1

De acuerdo con el Plan Especial Arroyo Miguelete de Agosto de 2002, se dispone que:
Para los predios frentistas a la avenida De las Instrucciones entre camino Edison y bulevar Aparicio Saravia frente sureste, rige:
Alturas. La altura máxima admitida es de 13,50 metros.

D.223.40

Régimen Específico. (*) Se refiere a la gestión del suelo para cuyo perfeccionamiento, ordenamiento y desarrollo, conforme a los objetivos del Plan, se aplica una normativa especial sustitutiva de la general en términos de usos, edificabilidad y reparcelaciones.

D.223.190

Avenida 18 de Julio (incluída su área de influencia).

D.223.272.31

Oficina del Plan Ciudad Vieja. El Intendente Municipal de Montevideo creará una oficina del Plan Ciudad Vieja y reglamentará sus cometidos y atribuciones así como todo lo atinente a su funcionamiento, en concordancia con lo expresado en la Memoria de Gestión.

D.223.290.18

Punta Espinillo. Rige Régimen Patrimonial.

D.223.239

Condiciones de demolición.

D.223.209

Jacinto Vera - Larrañaga - La Blanqueada. Respecto a alturas, retiros y FOS rige lo establecido en los planos correspondientes, salvo que se determine la ordenación particular de algún sector.
Alturas: 

D.223.272.30

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