Back to top

Digesto

D.2905

No podrá existir ninguna comunicación entre el escenario y la sala por encima de la boca de escena.

D.2845

Las autoridades departamentales en funciones de inspección en el local, tendrán libre acceso a todas las dependencias y deberán destinarse para ellas, en lugar preferente y de fácil comunicación con el sector del espectáculo, tres localidades.

D.2831

Con anterioridad al anuncio de un espectáculo ya autorizado de acuerdo a lo establecido en el artículo D.2827, los organizadores podrán suspenderlo total o parcialmente o introducir modificaciones en la forma y condiciones de su

D.2803

En todas las salas de espectáculos públicos, se destinará un asiento de platea durante las representaciones o exhibiciones para el Servicio Central de Inspección General y otro para la Dirección Nacional de Bomberos.

D.2802

Los integrantes de los Órganos Legislativo y Ejecutivo de la Intendencia, el Director del Servicio de Contralor de Edificaciones, el Director, el Subdirector, el Secretario y los Inspectores del Servicio Central de Inspección General y el Director de la Dirección Nacional de Bomberos o quie

D.2782

La sustitución de primeras figuras de un elenco, sólo se admitirá cuando existan causas plenamente justificadas a juicio del Servicio competente.

D.2772

Los funcionarios del Servicio Central de Inspección General podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de las disposiciones de este Título.

R.1538

Quedan prohibidas las estructuras totalmente de madera.

R.1582.97

El Servicio de Turismo y Eventos reglamentará el funcionamiento orgánico de la Comisión de Calificación.

R.1582.66

Los conjuntos inscriptos en la categoría de Sociedades de Negros Lubolos podrán participar del Concurso de Desfile de Llamadas con el nombre original u otro que hubieran adoptado para este concurso, de lo que deberán dejar constancia en el momento de la inscripción.

Páginas

Suscribirse a Digesto