Back to top

Digesto

D.240

Av. 18 de Julio y su área de influencia

Rigen las normas generales establecidas en el Artículo N.º 11 del presente decreto.

D.239

Normas generales para los bienes y espacios en Régimen General

Respecto a alturas, usos preferentes, FOS y retiros: Rige lo establecido en las cartografías: Anexo 12_1, Anexo 12_2, Anexo 12_3 y Anexo 12_4.

D.238

Normas generales para los bienes y espacios en Régimen Patrimonial

D.237

Bienes inmuebles a incorporar al Régimen Patrimonial.

D.236

Bienes de Interés Departamental
a) Se definen de interés departamental los siguientes inmuebles identificados con los números de padrón correspondientes, incorporar al listado general de Bienes de Interés Departamental.

D.235

Campos visuales protegidos Se definen como Campos Visuales Protegidos los detallados en los Anexos 6_1 (cartografía) y 6_2 (listado).

D.234

Espacios Protegidos Se definen como Espacios Protegidos los espacios detallados en los Anexos 6_1 (cartografía) y 6_2 (listado):
Espacio Libre N.º 1.310: Plazoleta Juan Ramón Gómez, delimitada por las calles Nuestra Señora de la Encina, Magallanes, Durazno y Minas.

D.233

Tramos Protegidos
Se definen como Tramos Protegidos los siguientes tramos de calles:

D.232

Conjuntos Urbanos Protegidos

D.231

Áreas de Régimen Patrimonial:
a) Área Patrimonial Av. 18 de Julio: creada por el Decreto N.º 35.214 y sus modificativos.

Páginas

Suscribirse a Digesto