Incumplimiento de obligaciones. Se considera que existe incumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas por el/la adjudicatario/a o de las que con carácter general fueran impuestas por leyes, decretos o reglamentos, cuando previa intimación de su cumplimiento con plazo de 1
Back to top
Digesto
R.1014
El procedimiento de rescisión administrativa regulado por el artículo D.2241.40, se promoverá en alguna de las siguientes situaciones:
D.107.1
El Escalafón de Conducción Informática tendrá un régimen especial horario de 40 hrs. semanales de labor.
Páginas
