Obligaciones de la Organización Social. La Organización Social a quien se autorice el uso deberá asumir las siguientes obligaciones:
a) Realizar la planificación y supervisar la ejecución de las actividades sociales y culturales;
Obligaciones de la Organización Social. La Organización Social a quien se autorice el uso deberá asumir las siguientes obligaciones:
a) Realizar la planificación y supervisar la ejecución de las actividades sociales y culturales;
Sin perjuicio de la autorización concedida a una organización social para el uso del local, el Gobierno Municipal podrá asignar espacios y horarios en dicho local a otras asociaciones sociales, siempre que no se altere el programa aprobado y en acuerdo con aquella.
El proyecto social y cultural a realizarse deberá ser presentado por la Organización Social y aprobado por el Gobierno Municipal, en forma previa a la celebración del convenio.
El Gobierno Municipal podrá dictar resolución autorizando el uso de los locales a organizaciones sociales sin fines de lucro, celebrando el convenio correspondiente donde se detalle el objeto del proyecto social y cultural, obligaciones de la asociación y plazo, responsabilidades en el uso del lo
Se favorecerá la participación social en la gestión de esos locales, con la colaboración de comisiones de vecinos, asociaciones sociales con fines socio culturales y organizaciones barriales.
Los locales municipales identificados como Casas de Vecinos, o Centros Culturales forman parte de las líneas estratégicas de los Gobiernos Municipales, con una clara impronta territorial, fomentando la participación ciudadana, e integrando a los vecinos de la zona, mediante el intercambio y el f
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