Si de los análisis que se efectúen no resulta la pureza del agua en las condiciones exigidas en las presentes disposiciones, y existiera el certificado a que se hace referencia en el artículo D.
Digesto
D.3232
Cuando no se cumplan las disposiciones precedentes por:
A. Falta de barreras o entarimado en zona que correspondiese;
D.3231
En los casos en que las obras a realizar requieran autorización previa mediante permiso de construcción, el permiso para la implantación de la barrera y los derechos respectivos se considerarán incluidos en aquel, siempre que no sea necesario ocupar la calzada.
D.3230
La fiscalización de la existencia de entarimados y barandas así como el cumplimiento de las demás disposiciones de este capítulo, en cuanto a tipo y dimensiones en las zonas establecidas, será de cometido del Servicio de Inspección General.
D.3226
Cuando se trate de construcciones, demoliciones y reformas de edificios en altura (más de una planta) se colocará encima de la barrera, y a modo de alero de protección para el tránsito peatonal, un entablonado compacto sin fisuras, para contener la caída de materiales hacia la acera y/o cal
D.3222
La ocupación de la calzada, podrá realizarse también con las siguientes variantes:
D.3219
Para la Zona 2, las barreras se ajustarán a las siguientes normas:
D.3218
Para la Zona 1 regirán, a los efectos del emplazamiento de las barreras, las siguientes normas:
D.3217
A los efectos de establecer las normas que regularán la construcción de las barreras, se determinan las siguientes zonas:
Zona 1. Comprende el área de la ciudad delimitada por la Bahía de Montevideo, Río de la Plata y la alineación Este de las calles Ciudadela, Liniers y Juncal,
