Indicaciones que deberán tener los pliegos de obras sanitarias. Los planos de las obras sanitarias se referirán al edificio y al terreno en que se realizarán dichas obras.
Digesto
D.4250
Plazo máximo para la conexión al saneamiento. Las propiedades con frente a la red de alcantarillado público existente deberán conectar las Instalaciones Sanitarias Internas al mismo en un plazo máximo de un año a partir de la fecha de notificación.
D.4249
Toma de conexión en las zonas de aclantarillado libradas al servicio público. La conexión de las Instalaciones Sanitarias Internas al servicio público de saneamiento, una vez librado al uso, será obligatoria.
D.4248
Obligatoriedad de las conexiones.
D.3286
Planos, límites y alturas, para los letreros:
a) Con dimensión predominante perpendicular a la fachada:
La altura del plano límite inferior será de dos metros con setenta y cinco centímetros (m. 2,75);
D.3282
Las superficies que ocupan los letreros paralelos a las fachadas, serán caladas, en un cincuenta por ciento (50%) como mínimo.
En las fachadas sin vanos podrán no ser caladas, y:
D.3283
Cuando se trate de letreros perpendiculares a las fachadas, los soportes deberán colocarse en puntos de la propia fachada del edificio. La altura del plano límite de salientes será:
D.3277
Podrá admitirse la colocación de toldos para el acceso peatonal a edificios de vivienda, en zona de retiro, en las siguientes condiciones:
a) El ancho máximo será de un metro con sesenta centímetros.
D.3275
Los toldos para protección de espacios frente a locales comerciales o industriales deberán reunir las siguientes condiciones según su implantación:
Disposiciones generales
En todos los casos el plano límite superior será de cuatro metros.
D.3274
Las estructuras caladas desmontables deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
a) La altura del plano límite inferior será de dos metros con setenta y cinco centímetros.
b) La altura del plano límite superior será de siete metros.
