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Digesto

D.4321

Evacuación de las aguas pluviales de los edificios y los terrenos ubicados en zonas con alcantarillado de sistema separativo o sin alcantarillado.

D.4320

Materiales. Los materiales a utilizarse en el sistema de desagües domésticos deberán ser aprobados por la Comisión Asesora de Materiales para Instalaciones Sanitarias y cumplir con las especificaciones que establezca la reglamentación.

D.4319

Diámetro de las cañerías secundarias.

D.4314

Trazado de la cañería principal y sus ramales. La cañería principal y todos sus ramales deberán constituir un conjunto lo más breve posible a cuyo efecto su trazado será siempre rectilíneo, tanto en planta como en perfil.

D.4311

Sistema de captación de agua subterranea. Cuando no exista suministro de agua potable en el predio se podrá abrir o usar pozos manantiales para consumo doméstico. Se deberá solicitar autorización al organismo correspondiente.

D.4304

Aljibes de hormigón armado. La construcción de los aljibes de hormigón armado se ceñirá en todos sus detalles constructivos a los planos del proyecto.

D.4303

Aljibes de ladrillo. Las paredes de los aljibes de ladrillo tendrán un espesor mínimo de treinta centímetros, debiendo los ladrillos empleados ser de prensa, nuevos y de primera calidad. Queda prohibido usar ladrillos fracturados.

D.4302

Construcciones de aljibes. Los aljibes podrán construirse de ladrillos, hormigón armado, bloques vibrados armados u otro material aceptado por la Intendencia y que esté de acuerdo a los requerimientos constructivos para este tipo de instalaciones.

D.4300

Empresas o personas habilitadas para hacer instalaciones de agua caliente.

D.4299

Calentadores a gas. Los calentadores de agua a gas de alumbrado deberán ser seguros, tener una circulación de aire que asegure la completa combustión del gas y una salida para los gases de la combustión.

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