Solicitudes de inspección para obras no terminadas.
Digesto
D.4420
Omisión de solicitar inspecciones. Sanción. Todo técnico responsable de la ejecución de la obra que omitiera solicitar inspecciones parciales o finales, será sancionado.
D.4419
Presencia del instalador al efectuar inspecciones. Toda inspección parcial o final técnica deberá ser atendida en la obra por el técnico responsable o persona delegada competente.
El no cumplimiento de lo anterior dará lugar al rechazo de la inspección.
D.4416
Instalaciones de hormigón y hormigón armado. Las instalaciones de hormigón y hormigón armado se controlarán en dos inspecciones:
D.4415
Instalaciones de ladrillos y mampostería de piedra. Las instalaciones de fábrica de ladrillo y mampostería de piedra, se fiscalizarán con dos inspecciones:
D.4414
Inspección de pozos fijos impermeables y cámaras sèpticas. Los responsables de la ejecución de las instalaciones sanitarias estarán obligados a solicitar en la oficina competente, la inspección de ejecución.
D.4384
Evacuación de los líquidos efluentes de las cámaras sépticas. Los líquidos efluentes de las cámaras sépticas se verterán en cámaras filtrantes.
D.4383
Construcción de las cámaras sépticas. La construcción de toda cámara séptica estará de acuerdo al proyecto que previamente se haya sometido a la aprobación de la oficina competente.
D.4382
Dimensiones y capacidad de las cámaras sépticas. Toda cámara séptica, cualquiera que sea el tipo y la forma adoptada, tendrá una capacidad mínima útil de trescientos litros por persona prevista, y deberá tener además el volumen necesario para poder acumular el sedimento dura
D.4381
Condiciones que deben reunir las cámaras sépticas.
