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Digesto

D.4497

La construcción, ampliación y reforma de los edificios de propiedad pública o privada, destinados a un uso que implique concurrencia de público, así como la planificación y urbanización de las vías públicas, parques y jardines de iguales características, deben reunir condiciones que posibiliten e

D.4470

Las infracciones a cualesquiera de las disposiciones del presente Título serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en el Régimen Punitivo Departamental.

D.4460

Cada solicitante podrá ejecutar una única construcción al amparo de este Título, salvo las excepciones consideradas en el Artículo D.4461.

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