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Digesto

D.2027

Las revistas usadas en malas condiciones de higiene halladas para la venta en comercios o ferias o en poder de vendedores ambulantes serán decomisadas para su destrucción por el personal inspectivo del Servicio de Salubridad Pública.

D.2025

Los locales comerciales donde se vendan artículos usados deberán mantenerse en buenas condiciones de higiene y tener características constructivas que permitan su fácil limpieza.

D.2024

Toda empresa o persona que se dedique a la venta o remate en comercios, ferias, quiosco, etc., de artículos comprendidos en el presente Capítulo deberán estar registrados en el Servicio de Salubridad Pública.

D.2023

Prohíbese vender como nuevos artículos fabricados con lana, algodón, cerda o materiales, similares de segunda mano.

D.2019

Prohíbese la venta de colchones, almohadas, ropas de cama o de vestir, zapatos y artículos similares, trapos, etc., que se encuentren sucios o parasitados por insectos, los que previamente deben ser sometidos a una correcta limpieza.

D.2018

Prohíbese la venta de ropa y artículos que hayan sido usados por enfermos infecto-contagiosos, sin previa desinfección en el Servicio de Salubridad Pública.

D.2153

Queda expresamente prohibido a los funcionarios que realicen el servicio fúnebre de la Intendencia recibir cualquier clase de gratificación de los particulares.
El incumplimiento del inciso precedente será causal de destitución.

D.2152

El servicio fúnebre de la Intendencia estará desprovisto de carácter religioso, pero no existirá impedimento para que los familiares dispongan en tal sentido, siempre que ello no sea de cuenta ni esté a cargo del servicio.

D.2150

El servicio fúnebre de la Intendencia gratuito suministrará el ataúd, elementos de la sala mortuoria, carroza fúnebre, hasta dos coches de acompañamiento y demás elementos que se fijarán en la reglamentación.

D.2148

Cuando se constate que el corredor o la empresa de pompas fúnebres han sido avisados de una defunción por algún empleado de los establecimientos hospitalarios, se pondrá el hecho en conocimiento del Ministerio de Salud Pública, a fin de que, individualizando al empleado, adopte con él la me

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