Totid
A.522
(Inmuebles con enjardinados en consonancia con las características de la zona). Modifícase el art. 24 del Decreto Departamental No. 27.310 de 30 de octubre de 1996, que quedará redactado de la siguiente manera:
A.479.3
(Bonificaciones de TGM y Contribución Inmobiliaria a funcionarios departamentales) A partir del ejercicio 2008, el acceso a los beneficios de exoneración del 50% en el Impuesto de Contribución Inmobiliaria para los funcionarios alcanzados y del 50% en la Tasa General Depart
A.432
(Tasa Aparato taxímetro contraste y verificación de medidores).
A.32
Las actuaciones pasarán al Servicio de Catastro y Avalúo a los efectos de determinar el valor real del o de los inmuebles ofrecidos. La operación sólo será posible en caso de que el valor real del bien sea superior al 80% del monto tributario adeudado.
