(Prohibición de colocar carteles o anuncios de propaganda sin previa autorización). Prohíbese la colocación de carteles o anuncios de propaganda, sin previa obtención del correspondiente permiso de la Intendencia.
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Totid
A.511
Establécese que las fincas ubicadas en las zonas del Departamento a que refieren los literales a), b) y c) del segundo inciso del art.
A.327
La Intendencia de Montevideo podrá autorizar la colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en las aceras y calzadas, frente a comercios del rubro gastronómico y venta de bebidas, con las condiciones y limitaciones que se establecen en la presente Sección y en la reglamentación que se
A.45
(Cómputo del plazo para recurrir).- El plazo para la interposición de los recursos administrativos se computará en días hábiles y se suspenderá durante las Ferias Judiciales y la Semana de Turismo.
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