Plazo. El Servicio Fúnebre y de Necrópolis podrá conceder a los/as particulares, en los locales que indique, el uso de espacios para urnas, por el término de cinco (5) años, el que en todos los casos se computará a partir del día que se autoriza el trámite administrativo de renov
Totid
A.204
(Panteones colectivos). Los panteones colectivos deberán abonar por concepto de tasas y tributos a los efectos de su autorización los montos establecidos por el Art.50.(*)
A.187.2
Facúltase a la Intendencia de Montevideo para extender en cuanto corresponda, los beneficios establecidos por los Decretos Nos.
A.601.9
Conjuntamente con las canalizaciones especiales de desagüe se deben construir las conexiones de los inmuebles de los interesados.
A.486
Para hacerse acreedor a la exoneración por los tres ejercicios, se deberán mantener las fincas en muy buen estado de conservación durante todo ese lapso.
A.601.21
La garantía de buena ejecución y cumplimiento del plazo se devolverá, cuando correspondiere, con posterioridad a la firma del “Acta de Finalización Definitiva de la Obra”.
A.446.1.5
Este régimen será aplicable a los convenios celebrados con posterioridad al 1º de enero de 2002 por las cuotas aún no vencidas, las que serán bonificadas en el caso de que éstas sean abonadas en el plazo y condiciones convenidas.
