(Tasa por registro de contribuyentes de Contribución Inmobiliaria). Fijar el monto de la Tasa de Registro de Contribuyentes creada por artículo 60 del Decreto Nº 13.878 de fecha 2 de marzo de 1967(*
Totid
A.513.11.1
Exonerar del pago del Impuesto a la Edificación Inapropiada a los predios que por aplicación del Plan Montevideo, de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, o cualquier modificación o ampliación que se introduzca a estos Planes, dejen de pertenecer al
A.523.7
Exonerar del pago del Impuesto a los Baldíos establecido en el artículo 21 del Decreto Nº 27.310 de 30 de octubre de 1996 y modificativos(*), los predios que por aplicación del Plan Montevideo, de las Directrices De
A.506.22
Exoneración Contribución Inmobiliaria Viviendas Municipales y Ex-Barrios en Condominios.
A.445.1.1
Facultar a la Intendencia a bonificar hasta en un 80% del monto por un plazo de 24 meses de la Contribución Inmobiliaria a los predios en los que se produzca cambio de Categorización de Suelo Rural a Suelo Urbano o Sub-urbano, como consecuencia de la aplicación de las Directrices Departamentales
A.624.8
En caso de que el solicitante, sea una institución pública o particular, plantee una bonificación en los precios de arrendamiento, deberá fundamentar las razones que lo motivan.
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