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A.501.2

Establecer que las exoneraciones de Contribución Inmobiliaria para cada padrón, sea este propiedad común o propiedad horizontal y por cada año fiscal, previstas en los Decretos Nos 22.887(*), 26.864(**) y 29.884(***) se limitarán, en caso de otorgarse, a un máximo de UI 30.000 (unidades indexadas

A.295.1

Disponer la disminución de la alícuota de la “Tasa de seguridad y circulación de vehículos que transportan productos inflamables”, creada por los artículos 80 y 81 del Decreto Departamental Nº 13.490, ratificado por el artículo 2 del Decreto Nº 13.501, de 2 de diciembre de 1965, con la modificaci

A.535.9

Premios. Los contribuyentes premiados serán hasta 500, siendo indistinto si las cuentas corrientes sorteadas reciben sus facturas impresas o en forma electrónica.

A.535.8

Será imprescindible a los efectos de acceder al beneficio la denuncia o actualización de los datos personales y de dirección de envío de la factura, para el caso que ya no se hubiera efectuado.

A.535.7

SORTEO BUENOS PAGADORES - Implementación.- Facultar a la Intendencia de Montevideo a otorgar a las personas físicas o jurídicas buenos pagadores de la Contribución Inmobiliaria, Tasa General y Tarifa de Saneamiento, una exoneración del 100% sobre el monto de la respectiva tarifa

A.448.13

Aprobar la siguiente reglamentación del artículo 6 y siguientes del Decreto Nº 36.045, del 8 de setiembre de 2016, en la redacción dada por los artículos 10 y 11 del Decreto Nº 37.847, promulgado por Resolución Nº 4658/21 del 3 de diciembre de 2021:

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